¿DE QUÉ MODO LA CIUDAD HACE CUMPLIR LAS RESTRICCIONES DEL USO DE AGUA DE LA ETAPA 4 Y LAS PROHIBICIONES DEL USO DE AGUA EN CURSO DEL CÓDIGO MUNICIPAL?

Estos mandatos se harán cumplir y quienes los infrinjan estarán sujetos a multas de hasta $1,000. Consulte a continuación nuestro manual de procedimiento por una infracción y las multas aplicables (Sección 15.17.100 del Código Municipal de Petaluma).  

  1. Los clientes que incumplan con los requisitos de la 4 Etapa o del Capítulo 15.17 del Código Municipal de Petaluma recibirán una advertencia escrita o verbal y se les ordenará que corrijan lo que hayan incumplido dentro de un tiempo razonable. Un plazo de setenta y dos (72) horas desde la notificación de la infracción será considerado un tiempo razonable para volver a estar dentro de la ley.
  2. La Ciudad podrá instalar un dispositivo de restricción de flujo en la línea de servicio.
  3. La Ciudad podrá imponer una multa por desperdicio de agua al cliente. La multa por la 1ra infracción será de: $100, por la 2da infracción: $500, y por la 3ra infracción: $1,000.
  4. La Ciudad podrá cortar el servicio de agua y cobrar a los clientes por la reconexión. El servicio no se restablecerá hasta que la Ciudad verifique que la violación ha sido corregida y que se han pagado todos los cargos y tarifas adicionales.
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